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Resolución 424/2020 • Secretaría de Comercio Interior

Botón de Arrepentimiento Resolución 424/2020 SCI

Formulario oficial de revocación de solicitudes periciales según Resolución 424/2020.

Derecho de Revocación Legal

En cumplimiento estricto del artículo 34 de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor, el artículo 1110 del Código Civil y Comercial de la Nación y la Resolución Nº 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, usted tiene derecho a revocar la solicitud o contratación de servicios periciales efectuada a distancia o fuera del establecimiento comercial dentro del plazo legal de diez (10) días corridos contados a partir de la confirmación inicial del pedido.

Al presionar el botón se generará inmediatamente un código único de seguimiento con constancia electrónica fehaciente.

Revocación Registrada Exitosamente

Su solicitud de arrepentimiento ha sido procesada de manera automática bajo las garantías de la Resolución 424/2020 SCI.

REV-CFP-00000

Hemos enviado una constancia de revocación a su casilla de correo electrónico. La secretaría administrativa del Instituto procederá a dejar sin efecto el trámite y tramitar los reintegros pertinentes en un plazo no mayor a 72 horas hábiles.

Preguntas Frecuentes sobre el Derecho de Revocación

Conforme al artículo 34 de la Ley 24.240 y al artículo 1110 del Código Civil y Comercial de la Nación, usted dispone de diez (10) días corridos contados a partir de la fecha en que se celebró la contratación o se confirmó la reserva del turno pericial por medios electrónicos o telefónicos.

No. La legislación argentina consagra la facultad de revocación incausada. El usuario o letrado no tiene obligación legal de brindar explicaciones ni fundamentar su decisión para que la revocación resulte plenamente operativa e indiscutible.

Una vez emitido el código identificador único de revocación (REV-CFP-XXXXX), la administración de nuestro Instituto procede a la anulación de la factura y reintegra la totalidad de los importes transferidos mediante el mismo medio de pago empleado por el requirente en un término máximo de 72 horas hábiles bancarias.

Si el peritado ya concurrió a la sede y el cuerpo médico llevó a cabo las operaciones periciales psicodiagnósticas completas con consumo de material pericial antes de manifestada la voluntad de revocación, las etapas ya devengadas se considerarán concluidas, pudiendo el requirente prescindir de la emisión del dictamen final para el expediente.
Cronograma del Trámite de Revocación
  1. Minuto 0: Envío digital del formulario y generación inmediata en pantalla del código unívoco de trámite.
  2. Hora 24: Recepción y toma de razón por la Secretaría Administrativa del Instituto en Tribunales.
  3. Hora 48: Cancelación de agendas periciales y notificación formal al requirente vía correo electrónico.
  4. Hora 72: Emisión de la nota de crédito y acreditación bancaria del reintegro de fondos correspondiente.

Información Legal Complementaria

¿Qué efectos genera la revocación? La presentación de este formulario rescinde el contrato de servicios o reserva de turno sin necesidad de invocar causa alguna y sin costo punitivo para el usuario.

Atención Directa: Si desea realizar consultas adicionales respecto a la tramitación de su revocación, puede comunicarse telefónicamente a nuestra sede central al +54 11 4372-8190 en el horario de 08:30 a 18:30 horas.