Botón de Arrepentimiento Resolución 424/2020 SCI
Formulario oficial de revocación de solicitudes periciales según Resolución 424/2020.
Derecho de Revocación Legal
En cumplimiento estricto del artículo 34 de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor, el artículo 1110 del Código Civil y Comercial de la Nación y la Resolución Nº 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, usted tiene derecho a revocar la solicitud o contratación de servicios periciales efectuada a distancia o fuera del establecimiento comercial dentro del plazo legal de diez (10) días corridos contados a partir de la confirmación inicial del pedido.
Revocación Registrada Exitosamente
Su solicitud de arrepentimiento ha sido procesada de manera automática bajo las garantías de la Resolución 424/2020 SCI.
Hemos enviado una constancia de revocación a su casilla de correo electrónico. La secretaría administrativa del Instituto procederá a dejar sin efecto el trámite y tramitar los reintegros pertinentes en un plazo no mayor a 72 horas hábiles.
Preguntas Frecuentes sobre el Derecho de Revocación
Cronograma del Trámite de Revocación
- Minuto 0: Envío digital del formulario y generación inmediata en pantalla del código unívoco de trámite.
- Hora 24: Recepción y toma de razón por la Secretaría Administrativa del Instituto en Tribunales.
- Hora 48: Cancelación de agendas periciales y notificación formal al requirente vía correo electrónico.
- Hora 72: Emisión de la nota de crédito y acreditación bancaria del reintegro de fondos correspondiente.
Información Legal Complementaria
¿Qué efectos genera la revocación? La presentación de este formulario rescinde el contrato de servicios o reserva de turno sin necesidad de invocar causa alguna y sin costo punitivo para el usuario.
Atención Directa: Si desea realizar consultas adicionales respecto a la tramitación de su revocación, puede comunicarse telefónicamente a nuestra sede central al +54 11 4372-8190 en el horario de 08:30 a 18:30 horas.